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RGPD para psicólogos: qué datos clínicos proteger y cómo

Si eres psicólogo o psicoterapeuta en ejercicio, trabajas con algunos de los datos más sensibles que existen: el contenido de las sesiones de terapia de tus pacientes. El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), junto con la LOPDGDD (Ley Orgánica 3/2018), clasifica estos datos como categoría especial — lo que significa que tienen un nivel de protección más alto que los datos personales comunes.

¿Qué datos clínicos son "categoría especial"?

El RGPD considera datos especialmente protegidos:

  • Datos de salud: diagnósticos, notas clínicas, transcripciones de sesiones
  • Datos sobre la vida sexual u orientación sexual de los pacientes
  • Datos biométricos si se usan para identificar a una persona
  • Datos sobre creencias religiosas o filosóficas que emerjan en sesión

En la práctica, casi todo lo que se habla en una sesión de terapia puede contener datos de categoría especial.

Base jurídica: no es (solo) el consentimiento

Un punto que genera confusión: la base jurídica principal para tratar datos de salud en el ámbito sanitario no es el consentimiento del paciente, sino el artículo 9.2(h) del RGPD — el tratamiento necesario para fines de medicina preventiva, diagnóstico médico o gestión de sistemas sanitarios, siempre que lo realice un profesional sujeto a secreto profesional.

Esto es importante porque el consentimiento puede retirarse en cualquier momento, lo que crearía una situación absurda: el paciente podría exigirte que dejes de mantener su historia clínica, algo que contradice tus obligaciones legales.

Lo que sí necesitas es cumplir con el deber de información (artículos 13 y 14 del RGPD): informar claramente al paciente de qué datos recoges, para qué, dónde se almacenan y cuáles son sus derechos. Esto es diferente del consentimiento informado para el tratamiento terapéutico (regulado por la Ley 41/2002 de autonomía del paciente), que es un documento separado.

Las 5 obligaciones clave para tu consulta

1. Deber de información

Debes proporcionar al paciente un documento claro que explique:

  • Qué datos recoges y con qué finalidad
  • La base jurídica del tratamiento (Art. 9.2(h) RGPD)
  • Dónde se almacenan los datos
  • El plazo de conservación
  • Los derechos del paciente (acceso, rectificación, supresión, portabilidad)

2. Registro de actividades de tratamiento

Debes mantener un registro interno que documente:

  • Qué datos tratas y con qué finalidad
  • La base jurídica
  • Las medidas de seguridad que aplicas
  • Los plazos de conservación

3. Medidas de seguridad técnicas

Los datos clínicos deben estar protegidos con:

  • Cifrado en reposo y en tránsito
  • Control de acceso — solo tú deberías poder acceder a los datos de tus pacientes
  • Copias de seguridad regulares
  • Almacenamiento en la UE — los datos no deben salir del Espacio Económico Europeo

4. Plazos de conservación

La Ley 41/2002 establece un plazo mínimo de conservación de la historia clínica de 5 años desde la última asistencia. Muchas comunidades autónomas amplían este plazo a 15 años. Consulta la normativa específica de tu comunidad. Una vez cumplido el plazo, los datos deben eliminarse de forma segura o anonimizarse.

5. Derechos del paciente y notificación de brechas

Tus pacientes tienen derecho a acceder a todos los datos que tengas sobre ellos, solicitar su rectificación y, con limitaciones, su supresión (el plazo de conservación legal prevalece).

Si sufres una brecha de seguridad que afecte a datos de pacientes, debes notificarlo a la AEPD en un plazo máximo de 72 horas, y a los pacientes afectados si el riesgo es alto.

Cómo simplificar el cumplimiento

La complejidad del RGPD y la LOPDGDD no debería recaer sobre ti. Herramientas diseñadas para el ámbito clínico pueden ayudarte:

  • Cifrado automático de notas y transcripciones, en reposo y en tránsito
  • Almacenamiento en servidores europeos por defecto
  • Consentimientos digitales con registro de aceptación
  • Control de acceso integrado — tus datos, solo tuyos

Lo importante es elegir herramientas que cumplan el RGPD por diseño, no que te obliguen a configurar la seguridad tú mismo.


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